Tienes una distribuidora y cada semana contratas a un transportista para llevar palés a tus clientes. El conductor salía con un papel grapado a la carga. Desde ayer, ese papel no basta.
Si contratas directamente a un transportista público o eres transportista, el documento de control de cada envío nacional tiene que ser un PDF digital con código QR desde el 5 de octubre de 2026. Si mueves mercancía propia con tus vehículos, envías paquetería o haces transporte internacional, no te afecta.
Qué es el DeCA y qué sustituye
El DeCA (documento electrónico de control administrativo) es el mismo documento de control que exige la Orden FOM/2861/2012 para el transporte público de mercancías por carretera. Lo que cambia es el soporte: la disposición transitoria octava de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible obliga a que sea «necesariamente digital» a los diez meses de su entrada en vigor, que fue el 5 de diciembre de 2025.
No hay una orden ministerial nueva. Las características técnicas las fija la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, publicada en el BOE el 12 de junio. Y según las preguntas frecuentes del Ministerio de Transportes, no hay previsto ningún periodo adicional sin sanción después del 5 de octubre.
Lo llaman «albarán digital», pero no es tu albarán de entrega: es un documento administrativo para que la inspección sepa quién contrata el transporte y quién lo hace.
A quién obliga y a quién no
La orden obliga a dos figuras (artículo 4):
- Transportista efectivo: el titular de la autorización con la que se hace materialmente el transporte.
- Cargador contractual: quien contrata directamente con ese transportista. Puede ser tu empresa, otro transportista que subcontrata, una agencia, un transitario o un operador logístico.
Si un transportista subcontrata a otro, el primero pasa a ser cargador contractual.
| Caso | ¿Necesita DeCA? |
|---|---|
| Contratas un camión a una empresa de transporte para un envío nacional | Sí: tú como cargador contractual y ella como transportista |
| Cabotaje dentro de España | Sí |
| Transporte privado complementario (tu mercancía, tus vehículos, tus conductores) | No |
| Paquetería y repartos de pocos bultos manejables por una persona | No (art. 2 de la orden) |
| Mudanzas y traslado de vehículos averiados en vehículos especiales | No (art. 2) |
| Transportes que no necesitan autorización | No (art. 2) |
| Transporte internacional | No: usa los documentos de los convenios, como el CMR |
En transporte privado complementario sigues necesitando documentación que acredite que la mercancía es de tu actividad y que vehículo y conductor son de tu empresa.
Qué datos lleva
El contenido mínimo no cambia: es el del artículo 6 de la orden.
- Nombre o razón social, NIF y domicilio del cargador contractual.
- Nombre o razón social y NIF del transportista efectivo.
- Lugar de origen y de destino del envío.
- Naturaleza y peso de la mercancía.
- Autorización especial de circulación, si el vehículo la necesita.
- Fecha del transporte.
- Matrícula del vehículo, y la del remolque o semirremolque en un conjunto articulado.
- Observaciones o reservas, si alguna de las partes lo pide.
El cargador responde de los datos 1 a 4 y el transportista de los datos 5 a 7. Puedes agrupar varios envíos en un DeCA si cargador y transportista coinciden en todos.
Cómo tiene que ser el fichero
La resolución es concreta:
- PDF de hasta 5 MB, generado de forma nativa a partir de los datos. Un papel escaneado no vale.
- Código QR dentro del PDF con una URL única que empiece por https.
- Descarga directa: sin usuario, contraseña ni botones. Debe funcionar durante el servicio y puede desactivarse siete días después.
- Creado antes de iniciar el servicio, con fecha y hora de creación y de modificación registradas.
- La firma es opcional. Si se firma, debe ser al menos firma electrónica avanzada según eIDAS.
No hay plataforma del Ministerio a la que subirlo ni programas certificados: cada empresa usa su aplicación o la de un proveedor.
Datos
Cargador y transportista completan los datos del artículo 6.
PDF con QR
La aplicación genera el PDF y su URL antes de salir.
Conductor
Lleva una copia en el móvil o impresa, siempre con el QR.
Conservar
Ambas partes guardan o pueden descargar el fichero un año.
Si algo cambia durante el viaje, añade los datos nuevos al mismo PDF con el motivo o genera otro y conserva el original. Lo escrito a mano en la copia impresa no cuenta.
Multas y quién responde
La Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres califica como infracción grave (artículo 141.17) la carencia o la falta de datos esenciales de la documentación de control, y también no conservarla. El artículo 143.1.d la sanciona con una multa de 401 a 600 euros.
Según el artículo 7 de la orden, cargador y transportista responden si no se formaliza o no va a bordo, salvo que el cargador pruebe que lo emitió. Cada uno responde de la exactitud de sus datos.
DeCA, albarán de entrega y eCMR no son lo mismo
| Documento | Para qué sirve | ¿Obligatorio en digital? |
|---|---|---|
| DeCA | Control administrativo del transporte público nacional | Sí, desde el 5 de octubre de 2026 |
| Albarán de entrega | Acreditar ante tu cliente qué recibió y cuándo | No |
| CMR o eCMR | Carta de porte del transporte internacional | El eCMR no es obligatorio |
El formato es libre: un albarán o una carta de porte sirven como DeCA si incluyen todos los datos del artículo 6, identifican por separado a cargador contractual y transportista efectivo y cumplen la resolución. La diferencia entre albarán y factura está en esta guía.
Qué hacer ahora
- Clasifica tus envíos. Separa medios propios, paquetería e internacional de lo que contratas a transportistas.
- Pacta con tu transportista quién genera el DeCA. La orden obliga a ambos, pero no dice quién lo hace materialmente. Si lo hace él, pide que puedas descargar cada PDF durante un año.
- Revisa tu herramienta. Comprueba los datos del artículo 6, el QR, la URL https sin contraseña y la creación antes de la salida.
- Forma a quien carga y a quien conduce. El conductor debe recibir la copia antes de arrancar.
- Ordena el archivo por fecha y envío.
Para el resto de plazos, consulta el calendario de obligaciones 2026-2028.
Y en Factuarea, ¿qué cubre hoy el albarán?
Los albaranes de Factuarea, disponibles desde el plan Profesional, documentan la entrega a tu cliente. Generan un PDF, admiten firma de recepción opcional y pueden compartirse con un enlace público a una página del documento con caducidad. En la ficha puedes anotar la matrícula, el conductor y la empresa transportista.
Hoy no generan un DeCA válido. El PDF del albarán no lleva QR, el enlace abre una página y no descarga directamente el PDF, y no identifica al cargador contractual y al transportista efectivo con su NIF ni recoge el peso como exige la orden. Para el control del transporte usa una herramienta de DeCA o la de tu transportista, y deja en Factuarea lo que sí resuelve: el albarán comercial, su firma y su paso a factura.



