Tenías marcado el 1 de enero o el 1 de julio de 2027 para cambiar de programa de facturación, y el lunes leíste que Hacienda vuelve a mover la fecha. ¿Paras, sigues o esperas?
VeriFactu no desaparece: Hacienda ha anunciado que su obligatoriedad pasa a octubre de 2028, pero el cambio aún tiene que aprobarse en una norma publicada en el BOE. Hasta entonces, las fechas legales siguen siendo las de 2027. La obligación de fondo y los requisitos técnicos no cambian.
Qué ha anunciado Hacienda exactamente
El 5 de octubre de 2026, el Ministerio de Hacienda difundió una nota informativa en la que retrasa VeriFactu a octubre de 2028 para alinearlo con la factura electrónica obligatoria entre empresas, según recogieron Infobae (Europa Press) y The Objective. Es el segundo aplazamiento.
Las fechas vigentes hoy las fijó el Real Decreto-ley 15/2025, que modificó la disposición final cuarta del Real Decreto 1007/2023: sistemas adaptados antes del 1 de enero de 2027 para quienes tributan por el Impuesto sobre Sociedades y antes del 1 de julio de 2027 para el resto.
El anuncio todavía no es una norma. Como señala Xataka, el cambio tiene que trasladarse formalmente a una norma que sustituya esos plazos. A 6 de octubre de 2026 no se ha publicado. Tampoco hay un día concreto de octubre de 2028: lo fijará esa norma.
| Obligación | Fecha legal hoy | Fecha anunciada o en marcha |
|---|---|---|
| VeriFactu, Impuesto sobre Sociedades | 1 de enero de 2027 | Octubre de 2028 (pendiente de BOE) |
| VeriFactu, autónomos y resto | 1 de julio de 2027 | Octubre de 2028 (pendiente de BOE) |
| Factura electrónica B2B, más de 8 M€ | Octubre de 2027 | Plazo ya en marcha |
| Factura electrónica B2B, resto | Octubre de 2028 | Plazo ya en marcha |
Por qué lo retrasan
El motivo oficial es buscar la máxima convergencia normativa y técnica entre los dos sistemas y evitar calendarios distintos para obligaciones que afectan al mismo programa de facturación, según idealista/news. Después vendrá otra modificación técnica pensando en la directiva europea ViDA.
El calendario de la factura electrónica sí arrancó. La Orden HAC/1028/2026, publicada en el BOE el 5 de octubre y en vigor desde el día siguiente, regula la solución pública de facturación electrónica. Con ella empiezan a contar los plazos del Real Decreto 238/2026: 12 meses para quien superó 8 millones de euros de volumen de operaciones el año anterior y 24 meses para el resto, según la nota informativa de la AEAT. Esos 24 meses llevan a octubre de 2028.
Qué no cambia
- La obligación de fondo. El Real Decreto 1007/2023 sigue en vigor con los mismos requisitos: integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros, huella encadenada y QR en la factura.
- Quién queda fuera. Según las preguntas frecuentes de la AEAT sobre ámbito, no afecta a quien lleva los libros por el SII, a quien tiene domicilio fiscal en País Vasco o Navarra ni a quien factura a mano sin ningún sistema informático.
- Sin homologación. La AEAT no certifica programas. Cada productor firma una declaración responsable, como explica su FAQ sobre la declaración responsable.
VeriFactu y factura electrónica no son lo mismo
Se alinean las fechas, no las obligaciones. VeriFactu regula el programa con el que facturas: cada factura genera un registro que no se puede alterar sin dejar rastro y, en la modalidad VERI*FACTU, se remite a la AEAT. Da igual que el cliente sea una empresa o un particular.
La factura electrónica B2B regula el documento que envías a otra empresa o profesional: un formato estructurado que el receptor lee sin teclear y cuyo estado (por ejemplo, si está pagada) debe informarse. Tienes la explicación completa en la guía de factura electrónica y los plazos de cada grupo en factura electrónica obligatoria: plazos para empresas.
Qué conlleva para tu negocio
Si facturas menos de 8 millones, en octubre de 2028 te llegan dos obligaciones a la vez: programa adaptado a VeriFactu y facturas electrónicas a tus clientes empresa. Dos años parecen mucho, pero elegir programa, revisar certificados y migrar datos lleva tiempo, y en el verano de 2028 lo estarán haciendo casi todas las pymes a la vez.
Adaptarte antes es voluntario y la AEAT ya lo admite. Según su FAQ sobre sistemas VERI*FACTU, la opción se entiende hecha al empezar a remitir registros de forma sistemática, sin presentar el modelo 036, y se mantiene al menos hasta el final del año natural del primer envío. Puedes ver todas las fechas juntas en el calendario de obligaciones de facturación 2026-2028.
Qué hacer ahora
Mira cómo facturas
A mano, con Word o Excel sin automatismos, o con un programa. Solo lo último entra en VeriFactu.
Pide la declaración
Comprueba que tu programa muestra la declaración responsable de su productor, con versión y fecha.
Prepara el certificado
Revisa que tu certificado digital esté vigente y quién remitirá los registros en tu nombre.
Prueba con calma
Si te adelantas, al primer envío quedas en VERI*FACTU hasta el 31 de diciembre.
Además, pregunta a tu proveedor si prepara la factura electrónica B2B (es otra pregunta distinta), comenta con tu asesoría si te conviene adelantarte y vigila el BOE: hasta que salga la norma, las fechas de 2027 siguen siendo las legales.
Preguntas frecuentes
¿Puedo seguir facturando con Excel o Word? Sí, si solo los usas para escribir, imprimir y guardar la factura. La AEAT aclara en su FAQ de ámbito que pasan a ser sistema de facturación si los configuras (con macros, por ejemplo) para generar registros o asientos automáticamente. Ojo: en octubre de 2028 un PDF hecho en Word no bastará para la factura electrónica B2B.
¿Hay multas ya? El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria rige desde octubre de 2021: multa fija de 50.000 euros por ejercicio por tener un programa sin certificar debiendo estarlo, y de 150.000 euros para quien fabrica o vende software que permite alterar registros. Antes de tu fecha obligatoria, no estar adaptado no te sanciona.
¿Qué pasa si ya me adapté? Nada malo. Tu programa sigue siendo válido y, si ya remites, la AEAT recibe tus registros con normalidad. Llegarás a 2028 con la mitad del trabajo hecho.
Cómo te ayuda Factuarea
En Factuarea, VeriFactu está incluido en todos los planes. Cuando activas la modalidad y configuras tu certificado, cada factura genera su registro, lo encadena con el anterior, lo remite a la AEAT y sale con su QR. La declaración responsable se descarga desde la propia aplicación, con su versión y su fecha. Tienes los detalles en nuestra página de VeriFactu (con las fechas de 2027, vigentes hasta que se publique el cambio) y los planes en precios, con 10 días de prueba sin tarjeta.



