A quién obliga la factura electrónica B2B y cómo se escalona
La obligación aplica a las operaciones entre empresas y profesionales, no a la venta a consumidor final. Aquí tienes a quién alcanza, qué papel juegan emisor y receptor y cómo se escalona la entrada en vigor por tramo.
Fuentes: BOE y AEATÁmbito B2BPlazos por tramo
¿Estoy obligado?
Paso 1 de 2¿A quién facturas principalmente?
El ámbito es la operativa entre negocios.
El ámbito es la operativa entre negocios. Emisor y receptor quedan dentro del sistema y deben informar del estado de cada factura.
Operaciones entre empresas y profesionales
La obligación aplica a las facturas B2B emitidas por empresarios y profesionales establecidos en España. La venta a consumidor final (B2C) queda fuera de esta exigencia.
Quien emite la factura
El emisor envía la factura en formato estructurado conforme a la norma. Deja de bastar con un PDF por correo: el documento debe poder procesarse de forma automática por el receptor.
Quien recibe la factura
El receptor también queda dentro del sistema. Debe poder recibir la factura estructurada y comunicar su recepción y el estado del pago, no solo archivar un documento.
Informar del estado de la factura
El reglamento añade la obligación de comunicar los estados (aceptada, rechazada, pagada). Esa información alimenta el control de la morosidad que persigue la Ley Crea y Crece.
Por tramos de facturación anual.
La obligación no llega de golpe para todos. Se aplica por tramos de facturación, contados desde la orden ministerial pendiente.
Facturación anual superior a 8 millones de euros
Un año
desde la orden ministerial
Facturación anual igual o inferior a 8 millones de euros
Dos años
desde la orden ministerial
Los plazos por tramo cuentan desde la orden ministerial
De dónde procede esta información
Contrasta el ámbito y los plazos con la Ley Crea y Crece publicada en el BOE y con la información oficial de la Agencia Tributaria.
Actualizado el
Preguntas frecuentes sobre obligados y plazos
Las dudas más habituales sobre a quién alcanza la obligación y cómo se escalona por tramo.
A los empresarios y profesionales establecidos en España, en sus operaciones entre empresas. Alcanza tanto a quien emite como a quien recibe la factura. Las ventas a consumidor final quedan fuera de esta obligación.
Sí, cuando facturan a otras empresas o profesionales. Un autónomo que emite facturas B2B entra dentro del ámbito de la obligación. Por su tamaño, lo habitual es que quede en el tramo con plazo de dos años desde la orden ministerial.
El receptor debe poder recibir la factura en formato estructurado y comunicar su recepción y el estado del pago (aceptada, rechazada, pagada). No basta con archivar el documento: esa información de estados forma parte del control de morosidad que busca la ley.
Por facturación anual. Las empresas con más de 8 millones de euros de facturación disponen de un año desde la orden ministerial. El resto de empresarios y profesionales dispone de dos años desde esa misma orden. Ningún tramo arranca antes de que se publique la orden.
La facturación electrónica frente a las administraciones públicas ya es obligatoria y se rige por su propia normativa con Facturae. La novedad de la Ley Crea y Crece es extender la factura electrónica estructurada a las operaciones entre empresas privadas (B2B).
Sigue por estos temas de la factura electrónica obligatoria
Profundiza en el calendario, los formatos o el deslinde con VeriFactu.
Prepárate antes de que te alcance la obligación
Da igual en qué tramo estés. Si emites en formato estructurado desde ahora, cumplirás cuando llegue tu plazo. Crea tu cuenta gratuita y empieza con registro VeriFactu incluido.
Sin tarjeta · VeriFactu incluido · Tus datos en España