Régimen sancionador

Multas y sanciones de VeriFactu

La Ley General Tributaria fija sanciones de hasta 10.000, 50.000 y 150.000 EUR por ejercicio. Conoce las cifras, los supuestos que las disparan y cómo quedar fuera de cada uno.

Hasta 150.000 EUR por ejercicio
Las cifras

Cuánto puede costar el incumplimiento

La Ley General Tributaria fija tres tramos según quién incumple y qué supuesto. Importes por ejercicio.

150.000 EURpor ejercicio
Art. 201 bis LGT

Fabricar o comercializar software no conforme

Quien produzca, distribuya o comercialice sistemas que no cumplan los requisitos del reglamento responde por cada ejercicio.

50.000 EURpor ejercicio
Art. 201 bis LGT

Tenencia de software no conforme o de doble uso

La simple tenencia de un sistema que permita alterar registros ya emitidos es sancionable, aunque no se haya usado para ocultar operaciones.

10.000 EURpor ejercicio
Art. 201 LGT

Incumplir las obligaciones formales

No emitir con un sistema conforme o no incluir el código QR encuadra en los supuestos cualificados de las obligaciones formales.

Supuestos sancionables

Qué conductas se sancionan, con un ejemplo

Estos son los supuestos que disparan una sanción, con un ejemplo de cada uno y la base normativa que lo regula.

Art. 201 bis LGTHasta 50.000 EUR por ejercicio

Tenencia de software de doble uso

Ejemplo: Un comercio mantiene un programa que permite borrar tickets ya emitidos sin dejar rastro. Aunque no lo use para ocultar ventas, la simple tenencia del sistema no conforme ya es sancionable.

Art. 201 bis LGTHasta 150.000 EUR por ejercicio

Producir o comercializar software no conforme

Ejemplo: Una empresa de software vende un programa de facturación que no encadena los registros ni genera el código QR. Como fabricante, responde por cada ejercicio en que comercializa el sistema no conforme.

Art. 201 LGTHasta 10.000 EUR por ejercicio

Emitir facturas sin el código QR de verificación

Ejemplo: Un autónomo entrega facturas sin el QR que exige el reglamento. Es un incumplimiento de las obligaciones formales de facturación, encuadrado en los supuestos cualificados del artículo 201.

Art. 201 LGTHasta 10.000 EUR por ejercicio

No emitir con un sistema certificado conforme

Ejemplo: Una pyme sigue facturando con una hoja de cálculo después de su fecha de obligatoriedad. Las facturas no generan registros conformes ni se encadenan, lo que incumple las obligaciones formales.

Cómo quedar fuera

Cómo evitar las sanciones con Factuarea

Emitir con un sistema conforme te sitúa fuera de los tres supuestos. Estos son los pasos.

  1. Emite con un sistema conformeFactuarea genera registros conformes al RD 1007/2023, lo que te sitúa fuera de los supuestos de tenencia de software no conforme.
  2. Incluye el código QR en cada facturaCada documento lleva el QR de verificación de la AEAT, evitando el incumplimiento de las obligaciones formales de facturación.
  3. Encadena los registros con SHA-256La cadena de huellas hace imposible alterar una factura emitida sin romperla, lo que cierra el supuesto de doble uso.
  4. Mantén la trazabilidad en el panelEl panel de cumplimiento registra cada envío a la AEAT, de modo que puedes demostrar tu cumplimiento ante una comprobación.

Preguntas frecuentes sobre multas y sanciones

Las dudas más habituales sobre el régimen sancionador, el software de doble uso y quién responde.

El artículo 201 bis de la Ley General Tributaria fija hasta 50.000 EUR por ejercicio por la tenencia de sistemas que no cumplan o de doble uso, y hasta 150.000 EUR por ejercicio para quien fabrique o comercialice esos sistemas. Las obligaciones formales de facturación se sancionan según el artículo 201, con hasta 10.000 EUR por ejercicio en los supuestos cualificados.

Es el software que permite llevar una doble contabilidad o alterar registros ya emitidos sin dejar rastro. La normativa prohíbe su tenencia, producción y uso. Su simple tenencia puede acarrear hasta 50.000 EUR por ejercicio, con independencia de que se haya usado para ocultar operaciones.

Sí. Emitir facturas sin el código QR de verificación o con un sistema que no genere los registros conforme al reglamento incumple las obligaciones formales de facturación. Estos supuestos se encuadran en el artículo 201 de la Ley General Tributaria, con sanciones de hasta 10.000 EUR por ejercicio.

Depende del supuesto. El fabricante o distribuidor responde de producir o comercializar sistemas no conformes, con hasta 150.000 EUR por ejercicio. El usuario responde de la tenencia o el uso de software no conforme y del incumplimiento de las obligaciones formales. Usar un sistema conforme te sitúa fuera de ambos supuestos.

Emitiendo siempre con un sistema conforme. Factuarea genera los registros encadenados con SHA-256, añade el código QR de verificación en cada factura, conserva la cadena inalterable y envía los registros a la AEAT. Al no permitir alterar facturas ya emitidas, queda fuera del supuesto de doble uso.

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